El concepto de vulnerabilidad en el derecho
Este artículo aclara el concepto jurídico de vulnerabilidad mediante la reconstrucción de su estructura conceptual, más que mediante la defensa de una teoría sustantiva de la justicia. Sostengo tres tesis. En primer lugar, la vulnerabilidad es un concepto denso (no esencialmente evaluativo): conserv...
محفوظ في:
| الحاوية / القاعدة: | URI:https://journals.openedition.org/revus, |
|---|---|
| المؤلف الرئيسي: | |
| التنسيق: | Article ou chapitre numérique |
| اللغة: | Espagnol |
| منشور في: |
Revus
2026
|
| الموضوعات: | |
| الوصول للمادة أونلاين: | Accès Université d'Orléans et IFPM Accès Université d'Orléans et IFPM |
| الملخص: | Este artículo aclara el concepto jurídico de vulnerabilidad mediante la reconstrucción de su estructura conceptual, más que mediante la defensa de una teoría sustantiva de la justicia. Sostengo tres tesis. En primer lugar, la vulnerabilidad es un concepto denso (no esencialmente evaluativo): conserva un núcleo descriptivo, aunque es utilizado de manera rutinaria para apoyar conclusiones normativas e institucionales en el razonamiento jurídico. En segundo lugar, la vulnerabilidad no es un concepto esencialmente controvertido en el sentido de Gallie. Las disputas en torno a su uso en el derecho se explican mejor como desacuerdos, ligados a la práctica, sobre las condiciones de aplicación y los estándares probatorios, más que como competencias en torno a un único valor internamente complejo. En tercer lugar, la vulnerabilidad en el derecho se comprende mejor como un concepto clúster de ley. Su correcta aplicación no está fijada por una definición única, sino por un conjunto interconectado de proposiciones doctrinales e institucionales que coordinan: (i) condiciones de activación (formas de exposición al riesgo o al daño); (ii) marcadores de susceptibilidad y dependencia incrementadas; y (iii) consecuencias jurídicas características, tales como el estatus protegido, el reforzamiento de los deberes de cuidado, las acomodaciones procedimentales y el acceso facilitado a remedios. En esta reconstrucción, la vulnerabilidad jurídica es relacional, graduada y sensible al contexto, pero conceptualmente estable: el concepto puede permanecer siendo el mismo incluso cuando los sistemas jurídicos incorporan nuevas fuentes de riesgo y de daño. La ganancia es práctica. Una reconstrucción basada en clústeres ayuda a los tribunales y a la doctrina a distinguir entre invocaciones meramente retóricas de la ‘vulnerabilidad’ y usos que conllevan implicancias jurídicas determinadas, mejorando así la claridad conceptual y haciendo que los argumentos basados en la vulnerabilidad sean más transparentes y controvertibles. |
|---|